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martes, 4 de diciembre de 2012

El Observatorio del Derecho Universal de la Salud

La Sociedad Valenciana de Medicina Familiar y Comunitaria, junto con Médicos del Mundo y Cáritas acaba de impulsar el lanzamiento del Observatorio del Derecho Universal de la Salud en la Comunitat Valenciana, cuyo objetivo es velar por el cumplimiento del derecho universal a la protección de la salud de los ciudadanos, especialmente en poblaciones que se encuentran en situación de riesgo de exclusión social, personas en situación irregular, sin recursos económicos, personas vulnerables.

Se trata de una iniciativa, a la que se han ido uniendo otras organizaciones (en este momento la Asociación Españoña de Trabajo Social y Salud y el Instituto Social del Trabajo), surgida a raíz de la promulgación del Real Decreto Ley 16/2012, de 20 de abril, que genera diferencias y barreras en el acceso a diagnósticos y tratamientos adecuados para los colectivos más desfavorecidos y vulnerables, especialmente a aquellos ciudadanos sin recursos económicos y a los extranjeros sin permiso de residencia.

Se puede participar recogiendo información de casos de vulneración del derecho a la salud, mediante la difusión de los mismos o apoyando a la iniciativa.

Ya hicimos referencia a los problemas que iba a causar este Real Decreto en "¿Personas o asegurados?" y en "¿Personas o asegurados ? (y 2)". Y ahora, desde aquí, nuestro apoyo, haciéndonos eco de la existencia de este observatorio y emplazando a aquellos que podaís a que hagáis lo mismo. Para que la acción consiga que no se tengan que registrar muchas incidencias como la relatada por la médico Paula Minguell ("Testimonio doloroso de una doctora").
 

http://odusalud.blogspot.com.es/

miércoles, 5 de septiembre de 2012

¿Personas o asegurados? (y 2)

Hoy solo difundir.
Cuando todavía no han empezado a verse con toda su crudeza los efectos de las medidas contempladas en el Real Decreto 16/2012 que deja sin asistencia sanitaria a los inmigrantes o extranjeros en situación irregular (véase la ayuda que presta la "burocracia"), siguen alzándose voces de sanitarios resistentes y objetores.
Un grupo importante, porque ellos son importantes, de trabajadores y trabajadoras de salud pública de Asturias han elaborado un documento titulado "Resistencia sosegada pero activa al RD162012 como trabajadores y trabajadoras de salud pública". Es difícil añadir más de lo que ellos han dicho, así que lo mejor será utilizar el "lee y pásalo".
En ello estamos.


jueves, 23 de agosto de 2012

¿Personas o asegurados?

En poco más de una semana el Sistema Nacional de Salud (SNS) español dejará de atender a las personas que se encuentren en situación irregular y sean inmigrantes. Es decir, perderá una de las cualidades que había ido adquiriendo y que, precisamente, lo definían como SNS.
Y todo ello en nombre de unas medidas destinadas a reducir costes. Y además, dando por sentado que los inmigrantes en situación irregular generan un alto volumen de actos sanitarios y representan una carga para el sistema. Pero es que esto no se ha demostrado en ningún momento. Hace justo un año publicábamos aquí una entrada al respecto ("El fenómeno del (in)migrante ¿sano?"), fundamentada en un artículo aparecido en Gaceta Sanitaria. Y la conclusión era que no acudían más al sistema sanitario, pese a que su situación no era mejor que la de la población autóctona (decíamos entonces: los extranjeros utilizan menos los hospitales públicos que la población autóctona pero esto no significa que estén más "sanos").
Entonces ¿qué fundamenta esta medida?. Básicamente un cambio en la situación del SNS: volvemos a ser “asegurados”: aquellas personas que no son “asegurados” no tienen derechos.
¿Y qué pasa con las prestaciones no estrictamente asistenciales? Los “no asegurados” ¿tienen derecho a la promoción de la salud, a la prevención de la enfermedad?.

La Sociedad Española de Medicina Familiar y Comunitaria ha llamado a la objeción de conciencia de los profesionales sanitarios ("Atendemos personas, no asegurados. Comunicado ante medidas RD 16/2012. Registro para objeción"), y la administración va respondiendo de manera diversa: unas comunidades autónomas (Andalucía, País Vasco, Asturias) tratan de garantizar la asistencia con medios propios o recurriendo a excepciones, otras responden de manera más “peculiar” recordando a los profesionales la ausencia de derecho ("Estas personas no tienen derecho": “La objeción de conciencia requiere la existencia de una relación clínica, esto es, el encuentro entre el médico y el paciente, lo que aquí no se puede producir”) o remitiéndose a que lo hagan en horario no laboral y con sus propios recursos ("Valencia prohibe a sus médicos atender a sin papeles en horario laboral").
 
¿Somos personas o asegurados? ¿Es un SNS o un Seguro de Enfermedad? ¿Estamos en el siglo XXI o en el XIX?.

 

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